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lidad no puede ser mantenido por nuestro orde- namiento, debiéndose corregir en lo preciso. Como sabe- mos, “el Notario tiene que redactar el instrumento público conforme a la voluntad común de los otorgantes, la cual deberá indagar, interpretar y adecuar al ordenamiento ju- rídico” como preconiza el art. 147 del Reglamento Notarial.
La citada Ley de Mediación y la de Jurisdicción Volunta- ria han dado realce a la posición encumbrada de la función notarial, proporcionando un control legal adicional al ju- risdiccional en innumerables operaciones jurídicas extra- judiciales.
Siguiendo a la Ley, el instrumento idóneo para la proto- colización de las actas de la sesión constitutiva y  nal del procedimiento es la escritura pública y no el acta notarial. No obstante, pensamos que puede ser conveniente in- corporar también las actas intermedias habidas en el proceso, porque sin duda, pueden explicar con más objetividad y detalle los acuerdos alcanzados.
En dicha escritura de elevación a público tendrán que concurrir las partes, y si éstas o el Notario lo consideran oportuno, también deberá intervenir el mediador. Perso- nalmente estimo -a semejanza de lo que sucede con los divorcios notariales donde concurre el Abogado- que la asistencia del mediador puede generar paz y, como decíamos anteriormente, podrá aclararse o matizarse cualquier extremo dudoso que salga a la luz tras la evaluación del acuerdo por parte del fedatario público.
Otro dato interesante es que como indica la Disposición adicional tercera, a estas escrituras se les aplicarán los aranceles correspondientes a los documentos sin cuantía. Es decir, los honorarios notariales serán muy asequibles.
Finalmente, como profesional de la O cina Notarial me gustaría enfatizar que el concurso del Notario en los pro- cesos de mediación no merma la libertad de los otorgan- tes en su toma de decisiones, al contrario, las apuntala, al dotarlas de e cacia ejecutiva y control de legalidad, como un baluarte de la seguridad jurídica que exalta la función notarial.
CENA DE LA ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS
DE NOTARIA DE MURCIA ASOCAMUR
El pasado día 5 de Mayo, los compañe- ros de Murcia celebraron la cena anual, con motivo de la Festividad del Patrón, en la que intentaron fortalecer los vín- culos como trabajadores de notarías, así como aprovecharon para entregar unas alegorías a los compañeros que se han jubilado recientemente, Rubén García San Juan, Antonia López Urriza, Francisco-Javier Moreno Esteban y Ma- riano Noguera Martínez-Egea, como re- cuerdo de los años al servicio del Proto- colo, de los clientes y de los diferentes Notarios por los que han pasado su vida laboral.
En dicha cena contaron con la partici- pación de don José Gómez de la Rosa, reciente Medalla de Plata de San Rai- mundo de Peñafort, concedida por el Ministerio de Justicia, y también ante- rior Presidente de “Asocamur” y ex-pre- sidente de Feapen, quien tomó la pala- bra para agradecer la invitación al acto y la satisfacción de estar en Murcia e in- formó de las últimas novedades de Fe- apen, y de la creación de UIPAN, (Aso- ciación Internacional de Empleados de Notarias).
A continuación, el también queridísi- mo compañero y actual Presidente de ASOCAMUR, Don Mariano Cano, agra- deció la presencia de los compañeros y repasó las actuales condiciones labora- les originadas por el convenio vigente, así como la necesidad de establecer un convenio estatal digno y acorde a la res- ponsabilidad de los empleados de nota- rías, que permita desempeñar nuestro trabajo con unas condiciones elementa- les de estabilidad.


































































































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